CDM pide al Gobernador Newsom firmar el proyecto de ley AB 364 para proteger a las personas trabajadoras migrantes de abusos en el reclutamiento internacional

Estimado Gobernador Newsom,

Le escribimos para pedirle que firme el proyecto de ley AB 364. Esta legislación brinda las protecciones necesarias para los cientos de miles de personas trabajadoras contratadas internacionalmente que realizan trabajos esenciales para la economía de California. AB 364 requiere que los reclutadores que traigan personas trabajadoras a California desde el extranjero se registren con el Estado y cumplan con las reglas de sentido común para garantizar que las personas trabajadoras puedan buscar reparación de los reclutadores que violen la ley. Al mismo tiempo, la legislación beneficia a los empleadores respetuosos de la ley al proteger de responsabilidad a aquellos que utilizan reclutadores registrados y evitar que los empleadores sin moral, deterioren los estándares laborales para todas las personas trabajadoras de California.

Desde 2005, el Centro de los Derechos del Migrante, Inc. (CDM o Center for Migrant Rights), la primera organización binacional de defensa de los derechos de las personas trabajadoras migrantes de EE. UU. y México, ha abogado junto con las personas trabajadoras migrantes reclutadas internacionalmente para lograr que puedan trabajar con dignidad en los lugares de trabajo de los EE.UU. Sin embargo, como lo ha documentado el CDM, con demasiada frecuencia, las personas trabajadoras migrantes sufren abusos, como tarifas de reclutamiento prohibidas y ofertas de trabajo fraudulentas, que comienzan con la contratación en el extranjero. Estas violaciones de contratación son con frecuencia la raíz de las prácticas laborales de

explotación en los EE. UU. , incluido el tráfico laboral, que deterioran las condiciones de trabajo de todas las personas trabajadoras. Sin embargo, puede ser difícil para las personas trabajadoras migrantes hacer que los reclutadores en el extranjero rindan cuentas, dado que estos a menudo carecen de una presencia formal en los EE. UU., no responden a los litigios o son insolventes.

AB 364 aborda estos problemas directamente al eliminar la exclusión injustificada de la mayoría de las personas trabajadoras migrantes de California de las protecciones innovadoras de SB 477, promulgada en 2014. Algunas de las disposiciones críticas de SB 477 incluyen:

  • Requerir que los reclutadores de mano de obra extranjera se registren con el Comisionado Laboral, establezcan un agente de California para el servicio del proceso y compren una fianza para garantizar la responsabilidad por las infracciones;
  • Descalificar a los reclutadores que cometen violaciones de las protecciones laborales básicas para realizar negocios en el Estado;
  • Garantizar que las personas trabajadoras reciban información transparente y precisa sobre sus trabajos antes de viajar a California para trabajar;
  • Establecer un mecanismo de denuncia para que las personas trabajadoras que experimentan violaciones busquen reparación;
  • Dar puerto seguro a los empleadores que utilizan reclutadores debidamente registrados.

La SB 477 prometió mejorar en gran medida las condiciones laborales de las personas trabajadoras migrantes en California. Desafortunadamente, en un descuido legislativo, solo cubrió un pequeño subconjunto de personas trabajadoras migrantes reclutados internacionalmente: las y los trabajadores con visa H-2B empleados en trabajos no agrícolas. La legislación dejó así a cientos de miles de personas trabajadoras migrantes en industrias tan variadas como la agricultura y la tecnología vulnerables a los reclutadores sin escrúpulos. Las personas trabajadoras en muchos de estos sectores experimentan violaciones generalizadas en el reclutamiento y el empleo. La promulgación de la ley AB 364 garantizará que estas personas trabajadoras estén protegidos contra los abusos laborales.

California alberga a más personas trabajadoras con visas temporales que cualquier otro estado de los EE. UU. Sus leyes deberían servir como modelo para la nación en la protección de los las y los trabajadores contra las prácticas abusivas de contratación que actualmente impregnan los programas de migración laboral.

Gracias por considerar nuestra solicitud de convertir en ley esta importante legislación.

Sinceramente,

Benjamín R. Bots

Director legal

Centro de los Derechos del Migrante, Inc.

 

 

 

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